C.C.T Nº 273/96
Compañeros Trabajadores, Profesionales y Empresarios de la
Actividad de la Rama Heladerías.
COMUNICAMOS QUE HEMOS SUSCRIPTO UN ACUERDO SALARIAL QUE RIGE A PARTIR DEL MES DE JUNIO DE 2008 CON LA ASOCIACION FABRICANTES ARTESANALES DE HELADOS Y AFINES.
1.- Que se abone a todos los trabajadores comprendidos en la Convención Colectiva de Trabajo Nº 273/96 una asignación no remunerativa de $ 150.00.- a abonarse exclusivamente con los haberes del mes de Junio/2008, $ 220.00 a abonarse exclusivamente con los haberes del mes de Julio/2008, $ 220.00.- a abonarse exclusivamente con los haberes del mes de Agosto/2008 y $ 220.00.- a abonarse exclusivamente con los haberes del mes de Setiembre/2008.
Los trabajadores percibirán en forma proporcional la Asignación establecida en la cláusula primera, cuando la prestación de servicios cumplida en el período de pago correspondiente fuere inferior a la jornada convencional.-
2.-Salarios Básicos a partir del mes de Octubre/2008, Diciembre/2008 y Marzo/2009 de acuerdo a planilla adjunta.-
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